Un falso autónomo hace referencia a un trabajador que está dado de alta como autónomo pero que en realidad mantiene una relación laboral encubierta con una empresa. Esto ocurre cuando la empresa le exige exclusividad (sólo puede prestar servicios a esa empresa), cumplir un horario de trabajo impuesto y tener que utilizar los medios de producción de la empresa (locales, equipos, etc).
Este tipo de situaciones son irregulares, ya que el trabajador pierde todos los derechos que corresponden a una relación laboral al usar la figura falsa del autónomo: indemnizaciones, subsidio de desempleo, baja médica pagada, etc.
Índice
- ¿Qué es un falso autónomo?
- Riesgos de ser un falso autónomo
- Diferencias claves entre falso autónomo y autónomo dependiente
- Requisitos para ser considerado un falso autónomo
- Sanciones por contratar a falsos autónomos
- ¿Dónde denunciar casos de falsos autónomos?
¿Qué es un falso autónomo?
El término «falso autónomo» se refiere a un trabajador que, aunque está registrado como trabajador autónomo, en realidad opera en condiciones que corresponden a un trabajador asalariado. Es decir, realiza su trabajo bajo las directrices de la empresa, en un horario establecido por la misma, y a menudo con los recursos proporcionados por la empresa. Sin embargo, a pesar de actuar como un empleado, el falso autónomo no disfruta de los derechos que la ley confiere a los trabajadores asalariados, como el derecho a vacaciones remuneradas, protección en caso de despido y derecho a huelga.
Beneficios para las empresas
Las empresas pueden verse tentadas a contratar a falsos autónomos para ahorrar costos. Al considerar a un trabajador como autónomo, la empresa puede evitar tener que pagar contribuciones a la seguridad social, proporcionar beneficios laborales como las vacaciones pagadas y la protección contra el despido, y cumplir con otras obligaciones legales y fiscales asociadas a la contratación de empleados.
Riesgos de ser un falso autónomo
Los trabajadores que se encuentran en la situación de falsos autónomos a menudo se ven privados de los derechos y protecciones que se otorgan a los trabajadores asalariados. Esto puede incluir el acceso a las prestaciones de la seguridad social, la protección contra el despido injustificado, el derecho a vacaciones remuneradas y el derecho a la negociación colectiva.
Impacto en los derechos del trabajador
Además, los falsos autónomos suelen tener una mayor incertidumbre en cuanto a su ingreso, ya que su remuneración puede depender de la cantidad de trabajo que se les asigne. Lo más importante, está siendo partícipe de un fraude.
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Falso autónomo vs autónomo dependiente
Aunque tanto los falsos autónomos como los autónomos dependientes realizan trabajo para una empresa, existen diferencias clave entre ambos.
Diferencias claves entre falso autónomo y autónomo dependiente
Un autónomo dependiente es un trabajador que realiza toda o la mayor parte de su actividad laboral para un mismo cliente, pero a diferencia del falso autónomo, cuenta con una serie de derechos y protecciones legales. Esto incluye el derecho a recibir una indemnización en caso de terminación de contrato, el derecho a un período de descanso de al menos 18 días al año y el derecho a reducción de jornada para conciliar su vida personal y familiar. Se recomienda consultar una guía para redactar contratos laborales. Un autónomo dependiente es una figura perfectamente válida y legal.
Falso autónomo requisitos
Los principales requisitos establecidos legalmente para determinar si un autónomo es en realidad un falso autónomo son:
Criterios de la ley
- Falta de autonomía real en la ejecución del trabajo: si la empresa es quién fija unilateralmente los servicios a realizar, obligaciones, instrucciones y directrices.
- Sujeto a horario de trabajo impuesto por la empresa: si debe cumplir un horario fijado por la compañía y no puede decidirlo libremente según sus necesidades.
- Carece de trabajadores a su cargo y medios de producción propios: si depende de los locales, equipos y estructura empresarial para desempeñar su trabajo.
- Cobro periódico de cantidades fijas como retribución: si no puede negociar su salario libremente por servicio contratado.
- Desempeño de tareas idénticas a las de cualquier empleado: si su trabajo es indistinguible al de cualquier otro trabajador por cuenta ajena.
Sanciones por contratar a falsos autónomos
Ante la pregunta qué hago si soy un falso autónomo, las sanciones por contratar a falsos autónomos pueden ser severas (denuncia falso autónomo) y pueden incluir multas elevadas, la obligación de registrar al trabajador en el régimen general de la Seguridad Social y el pago de cuotas atrasadas.
Cálculo y reclamo de indemnización
Se puede tener derecho a indemnización falso autónomo por despido si se demuestra que en realidad era un empleado y no un trabajador autónomo. A los efectos, podrá reclamar la misma indemnización que correspondería a un trabajador por cuenta ajena por despido improcedente, se recomienda contactar con un experto en derecho laboral que le ayudará en el cálculo indemnización falso autónomo.
¿Dónde denunciar casos de falsos autónomos?
Si crees que te encuentras ante un caso de falso autónomo, existen diversas vías para proceder a denunciar falso autónomo.
Canales de denuncia
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es el organismo competente para investigar y sancionar este tipo de irregularidades. Puedes interponer una denuncia detallando tu caso en cualquier de sus delegaciones provinciales. Otra opción es poner una demanda ante los Juzgados de lo Social para reclamar tu derecho a que el vínculo se reconozca como relación laboral. Es recomendable contar con un abogado laboralista. Los principales sindicatos como CCOO o UGT cuentan con asesores expertos en falsos autónomos. Pueden estudiar tu situación, apoyarte en la reclamación e incluso ejercitar acciones colectivas.
También existen asociaciones especializadas enfocadas específicamente en apoyar a los falsos autónomos, como la Asociación del Trabajador Autónomo (ATA). Ofrecen asesoramiento y servicios jurídicos de calidad para reivindicar tus derechos.