El arraigo social es una figura jurídica que permite regularizar la situación de los extranjeros que se encuentran en situación irregular en España, siempre que puedan demostrar vinculación con la sociedad española.
La Ley de Extranjería establece que podrán obtener una autorización de residencia temporal los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años. Además, deberán demostrar arraigo familiar, social o laboral, es decir: tener familiares residentes legales en España, presentar un informe de inserción social o, en su defecto, contar con un contrato de trabajo.
Índice
¿Qué es el arraigo social?
El arraigo social es un tipo de residencia prevista en la legislación española sobre extranjería que permite a los extranjeros que están especialmente vinculados a España regularizar su situación administrativa en nuestro país cuando nunca han tenido un permiso de residencia. Gracias a esta figura jurídica, aquellos extranjeros que hayan vivido en España de forma continuada durante al menos 3 años podrán solicitar la residencia española y regularizar su situación, es necesario conocer la fecha de residencia legal. No obstante, para poder solicitar el arraigo social, es imprescindible cumplir con una serie de requisitos (arraigo social requisitos 2023), así como tener un vínculo notable con la sociedad española.
¿Cuáles son los requisitos del arraigo social por contrato?
Para poder obtener este permiso previsto por la normativa española se han de cumplir una serie de requisitos. Son los siguientes:
- No ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea, de Suiza o de un Estado que pertenezca al Espacio Económico Europeo.
- No ser familiar de ciudadanos de cualquiera de los anteriores países.
- No tener antecedentes penales en España.
- No tener antecedentes penales en los anteriores países de residencia por delitos que estén tipificados como tal en el Código Penal español.
- No tener prohibida la entrada en España.
- No figurar como rechazable en aquellos países con los que España tenga un convenio internacional en este sentido.
- No estar dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
- Haber residido de forma continuada en España durante, al menos, 3 años.
- Tener vínculos familiares con españoles o extranjeros residentes en España o presentar un informe de la Comunidad Autónoma en la que resida en el que se acredite que el extranjero está completamente integrado.
- Tener un contrato laboral de duración no inferior a 1 año. No obstante, también se puede solicitar el arraigo social para inmigrantes sin contrato de trabajo, bien dándote de alta como autónomo, bien acreditando que se tienen recursos económicos suficientes para residir en España.
Trámites para la residencia por arraigo social con contrato de trabajo
Para solicitar el arraigo social se ha de acudir a la Oficina de Extranjería del domicilio del extranjero, bien personalmente con cita previa, bien a través de la vía telemática. Para solicitar el arraigo social, se deben facilitar los siguientes documentos:
- El modelo oficinal EX10 debidamente cumplimentado, firmado y por duplicado.
- Copia del pasaporte con una vigencia de, al menos, 4 meses.
- Documentación que acredite la residencia en España de forma continuada con una duración mínima de 3 años.
- Certificado de antecedentes penales.
- Documentación que acredite los vínculos familiares o el informe expedido por la Comunidad Autónoma sobre la integración social del extranjero.
- Oferta de empleo, alta como autónomo o documento que acredite que se cuentan con los medios necesarios para vivir en España.
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¿Qué otros tipos de arraigo además del social existen en España?
Residencia temporal por arraigo para la familiar
El arraigo familiar es una de las vías que contempla la ley de extranjería española para regularizar la situación y obtener un permiso de residencia temporal de un extranjero que se encuentre en situación irregular dentro del territorio español. Se considera que un extranjero tiene arraigo familiar cuando acredita ser progenitor directo de un menor de nacionalidad española que viva en España. También en el caso de extranjeros que sean hijos directos de un progenitor con nacionalidad española de origen, aunque este progenitor ya no resida en el país.
Los requisitos principales para conseguir la residencia temporal por arraigo familiar son: demostrar la relación familiar de filiación o paternidad con el documento oficial correspondiente, no tener antecedentes penales ni en España ni en sus países anteriores de residencia y contar con medios económicos suficientes para la manutención de la unidad familiar. La autorización inicial de residencia por este tipo de arraigo tiene una vigencia de un año, prorrogable por dos más. Superados los tres años de residencia temporal, el extranjero puede solicitar una tarjeta de residencia de larga duración que le habilita para residir y trabajar de forma estable en España.
Residencia temporal por arraigo laboral
Este tipo de arraigo se concede a los extranjeros que llevan más de 2 años residiendo ininterrumpidamente en España y son capaces de demostrar vinculación con el mercado laboral durante un periodo mínimo de 6 meses.
Los requisitos para optar a una autorización de residencia temporal por arraigo laboral en 2023 son:
- Acreditar la permanencia continuada en el país durante al menos 24 meses mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
- Presentar un contrato firmado con una empresa española con una duración de al menos 6 meses a jornada completa. Este contrato debe estar vigente en el momento de presentar la solicitud.
- Demostrar que se cuenta con medios económicos suficientes para la manutención durante el periodo de residencia.
- Carecer de antecedentes penales en España y en el país de origen o en donde haya residido en los últimos 5 años.
Una vez concedida, la autorización de residencia temporal por arraigo laboral tiene una vigencia inicial de un año, renovable por periodos de dos años más si se continúan cumpliendo los requisitos.
Residencia temporal por arraigo para la formación
El Arraigo para la formación es una modalidad específica dentro de las opciones de arraigo que contempla la ley de extranjería española para regularizar a los inmigrantes irregulares. Esta vía permite obtener una autorización de residencia temporal por un periodo inicial de 12 meses a extranjeros que se comprometan a realizar una formación reglada para insertarse en el mercado laboral.
Los requisitos principales son: demostrar la permanencia continuada en España durante un mínimo de 3 años, matricularse en un centro de enseñanza autorizado en alguna materia conducente a una titulación oficial o certificado de profesionalidad y acreditar medios económicos suficientes para cursar los estudios. Esta autorización no habilita para trabajar durante ese primer año, solo para residir de forma regularizada mientras dura la formación. Sí permite acceder legalmente al sistema público de salud.
Pasados los 12 meses, el extranjero podrá solicitar la renovación de la autorización por dos años más, esta vez incorporando la posibilidad de trabajar por cuenta ajena.
Hola quiero hacer una consulta para arraigo laboral tengo más de 3 años empadronada por ejemplo en Barcelona y tengo una oferta de trabajo en Madrid mi pregunta es donde tengo que hacer los trámites donde estoy empadronada resido o donde tengo la oferta del trabajó
Estimada Farah,
El arraigo social se presenta en la Oficina de Extranjería de su lugar de residencia.
Desconocemos si usted trabajará a distancia, viajará cada día laborable, etc… como para ofrecerle una respuesta adecuada a su situación concreta.
Un saludo.
El arraigo social te lo dan si posees antecedentes penales ?. Pero trabajas ? Pero resulta que el juez te ha absuelto de todossssss los cargos.
Ósea eres totalmente inocente de todooooooooooooooooooooo
De una estupides de lo que fuiste acusada nunca pise carcel
El próximo año solicitaré a un abogado para solicitar y 🧼 esos antecedentes
Buenas tardes,
Si le absuelto de todos los cargos que se le imputaran, no debería tener antecedentes penales.
En todo caso, por supuesto estaremos encantados de poder acompañarle durante todo su procedimiento.
Un saludo.
Para el Arraigo social tengo contrato de trabajo Indefinido ( esta bien así?) .
Y
Para un venezolano en la actualidad puede hacer cualquier trámite con un pasaporte caducado …
Te lo escribo porque piden vigencia .
Buenas tardes Fher.
No es posible ofrecerle una respuesta exacta sobre la validez del contrato al que se refiere sin un estudio previo del mismo, pero como norma general, se aceptan contratos indefinidos con una jornada de al menos 30 horas, siempre que se establezca el SMI a jornada completa.
En cuanto al pasaporte se exige con una vigencia mínima de cuatro meses, aunque en el caso de los venezolanos no se está exigiendo en todos los casos, pero no sabemos hasta cuando aplicará.
Un saludo.