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Ya es oficial: entra en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería

Actualizado: 22 mayo, 2025 |

El 20 de mayo de 2025 ha comenzado a aplicarse el nuevo reglamento de extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024. Pese a las grandes expectativas generadas, el texto llega precedido de críticas por sus lagunas técnicas y por la posible vulneración de derechos fundamentales que varias organizaciones ya han llevado ante el Tribunal Supremo.

En este artículo, desgranamos los aspectos más relevantes del nuevo reglamento de extranjería, las fechas que no puedes perder de vista y los escenarios que se abren tanto para las personas extranjeras como para los profesionales que las asesoran.

Índice

Nuevo reglamento de extranjería: contexto y alcance

El Real Decreto 1155/2024 sustituye por completo al Reglamento 557/2011 (parcialmente retocado en 2022) y desarrolla la Ley Orgánica 4/2000, piedra angular del sistema migratorio español.

Modernizar procedimientos, homogeneizar criterios

La motivación oficial era modernizar procedimientos, homogeneizar criterios entre oficinas, abogados de extranjería y alinear la normativa con las directrices de la Unión Europea. Sin embargo, la redacción final ha originado críticas por:

  • una estructura confusa que reordena artículos sin guías de correspondencia;
  • la introducción de conceptos jurídicos indeterminados que dificultan la seguridad jurídica;
  • la omisión de varias observaciones formuladas en la fase de audiencia pública.

Para mitigar el impacto inmediato, el Ministerio de Inclusión ha emitido dos Instrucciones (SEM 1/2025 y SEM 2/2025) con aclaraciones sobre arraigos y familiares de españoles, lo que evidencia que el reglamento nació necesitado de “parches” incluso antes de su estreno.

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Fechas clave que debes recordar

Aprobación y publicación del real decreto

  • 19 de noviembre de 2024: el Consejo de Ministros dio luz verde al texto definitivo.
  • 20 de noviembre de 2024: publicación en el BOE, momento en que comenzó el cómputo del vacatio legis de seis meses.

Durante ese período se dictaron las citadas Instrucciones y múltiples notas internas que intentan preparar a las oficinas provinciales para el cambio normativo.

Entrada en vigor y derogación del reglamento anterior

A las 00:00 del 20 de mayo de 2025 el nuevo reglamento sustituyó de forma íntegra al RD 557/2011. Hasta las 23:59 del día 19, todas las solicitudes se presentaron bajo la norma anterior; aquellas que permanezcan pendientes se resolverán conforme a esa legislación, salvo que la persona interesada pida someterse al nuevo marco y acredite cumplir los requisitos en vigor.

Principales novedades del reglamento

Cambios en los arraigos y figuras de regularización

La norma introduce un catálogo de arraigos por circunstancias excepcionales más amplio que el vigente desde 2022:

  • Arraigo laboral con un mínimo de 18 meses cotizados —antes 6— y estableciendo un régimen especial para autónomos.
  • Arraigo sociolaboral, a través de un contrato de trabajo que demuestre la integración en el mercado laboral.
  • Arraigo social con refuerzo del informe autonómico de integración y posibilidad de acreditar medios económicos combinados dentro de la unidad familiar.
  • Arraigo para la formación, ahora convertible desde el primer día en residencia y trabajo siempre que la persona supere la titulación y firme contrato en los seis meses siguientes.
  • Arraigo familiar, aplicable a familiares de ciudadanos comunitarios, facilitando su regularización y permanencia en España.

Además, el reglamento vincula las prórrogas a un historial de cotización efectiva, apostando por la “residencia útil”.

Régimen de familiares de españoles

La Disposición Transitoria Cuarta limita la solicitud desde territorio español a quienes ya estuvieran en España el 20 de noviembre de 2024. Para evitar un trato discriminatorio, la Instrucción SEM 2/2025 autoriza la petición desde España a descendientes y ascendientes de españoles que cumplan requisitos generales, independientemente de la fecha de llegada.

Esta colisión ha generado inseguridad jurídica: una simple instrucción administrativa “corrige” el texto reglamentario, pese a carecer del rango normativo para ello.

Tres entidades —Extranjeristas en Red, Coordinadora de Barrios y Asociación Pro Derechos— han interpuesto un recurso contencioso-administrativo que el Tribunal Supremo admitió a trámite el 18 de mayo de 2025. Cuestionan 31 artículos por supuesta vulneración de derechos fundamentales y choque con directivas europeas. El alto tribunal decidirá si suspende cautelarmente los preceptos impugnados, lo que podría abrir un escenario de doble normativa en vigor.

Impacto práctico para personas extranjeras y asesores

Expedientes iniciados antes del 20 de mayo de 2025

Las solicitudes presentadas hasta el último minuto del régimen anterior continúan su tramitación sin verse afectadas. Para las y los profesionales, ello implica:

  • asesorar en paralelo sobre la norma aplicable según la fecha de registro;
  • revisar la posibilidad de convertir el procedimiento al nuevo reglamento cuando resulte ventajoso (por ejemplo, mayor flexibilidad en medios económicos para arraigo social);
  • advertir al cliente de que un cambio expreso al nuevo sistema obliga a acreditar todos los requisitos de la nueva regulación.

Estrategias tras la entrada en vigor

A partir del 20 de mayo, todo expediente debe ajustarse al RD 1155/2024. Las claves operativas se resumen en:

  • Presentar telemáticamente con firma digital para obtener el resguardo de presentación en tiempo real.
  • Aportar documentación bajo los nuevos criterios de suficiencia económica y seguros médicos.
  • Usar las Instrucciones SEM como guía interpretativa, citándolas expresamente en los escritos para evitar criterios divergentes entre oficinas.
  • Recomendar a clientes cuya situación no encaje en los nuevos arraigos que esperen a un eventual proceso extraordinario de regularización, en vista de la iniciativa legislativa en marcha.

¿Proceso extraordinario de regularización a la vista?

El Gobierno, presionado por las disfunciones del reglamento y por la paralización de más de medio millón de expedientes, ha reactivado el debate sobre un procedimiento extraordinario de regularización dirigido a quienes llegaron antes del 31 de diciembre de 2024.

La propuesta del PSOE, que ampliaría la Iniciativa Legislativa Popular “Regularización Ya”, contempla una autorización única por circunstancias excepcionales con periodo de solicitud de seis meses y exigencia de arraigo probado. Aunque aún no se ha publicado el borrador, las fuerzas de la coalición negocian acelerar la tramitación parlamentaria en un plazo de dos meses.

El nuevo Reglamento de Extranjería representa, sobre el papel, una modernización necesaria del marco migratorio español, pero su deficiente técnica legislativa y la rápida proliferación de parches generan incertidumbre.

Mientras el Tribunal Supremo analiza su encaje constitucional y el Gobierno sopesa una regularización masiva para corregir los vacíos, quienes asesoran a personas extranjeras deben navegar entre disposiciones transitorias, instrucciones administrativas y posibles cambios legislativos a muy corto plazo.

Mantenerse informado y adaptar la estrategia caso por caso será la mejor garantía para salvaguardar derechos y oportunidades.



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